Renovación de residencia y trabajo por arraigo familiar

Renovación de residencia y trabajo por arraigo familiar

La autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales de arraigo familiar, es un permiso que se concede a hijos de españoles de origen o padres de menores españoles y, por el cual, son muchos los extranjeros que cada día demuestran un gran nivel de interés en nuestras redes sociales.

Requisitos importantes para la renovación de arraigo familiar 

Para renovar este tipo de autorización es necesario que durante el año inicial de residencia,  el solicitante haya cotizado a la Seguridad Social por un mínimo de 6 meses en jornada completa.

También es importante acreditar las mismas circunstancias excepcionales por las que se concedió la autorización inicial: pasaporte en vigor, modelo del contrato de trabajo con las tasas correspondientes y el certificado de escolarización del menor;  en caso de que el arraigo familiar haya sido otorgado por ser padre o madre de niño español y que este se encuentre en una edad de escolarización obligatoria, como lo expone el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

¿Y si no se ha cotizado por seis meses?

Es imprescindible haber cotizado al menos seis meses durante el año inicial de residencia para poder acogerse a una renovación de arraigo familiar. Así, una vez se proceda a la renovación de la autorización de  residencia y, dependiendo del tipo de contrato y empleo desempeñado, el extranjero podrá realizar una modificación con la que adquirirá un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.

Sin embargo, para aquellos que no hayan podido cotizar durante este año, con el fin de también poder renovar arraigo familiar, existe la posibilidad de acreditar un informe de integración, además de presentar el documento del INEM (Instituto Nacional De Empleo) donde se acredita la situación laboral en la que se encuentra el interesado, que en este caso figuraría como solicitante a la prestación de desempleo. 

El informe de integración se solicita ante el ayuntamiento de la Comunidad Autónoma donde resida el extranjero, dirigiéndose a la sección de Servicios Sociales.

En caso de no poder llevar a cabo la presentación de la documentación mencionada previamente, el interesado debe tener en cuenta que su solicitud de renovación de residencia y trabajo por arraigo familiar no cumpliría con los requisitos establecidos por la normativa, por lo que será de carácter discrecional la aceptación y resolución de la misma por parte del correspondiente ente Administrativo. 

Texto: Sandra Salerno Mahugo para Grupo Aristeo

Vídeo explicativo:

https://youtu.be/wkPOZp-Nr-k

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