El Gobierno ha puesto en marcha una serie de medidas económicas y sociales para seguir frenando el impacto en la población que pueda causar la crisis del COVID-19.
El último paquete fue aprobado el pasado martes por el Consejo de Ministros y se encuentra regulado por el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Con este nuevo programa, España quiere cumplir con el derecho constitucional de la vivienda. Esto es especialmente necesario en estos tiempos de crisis, cuando el hogar se convierte en un bien imprescindible para frenar la propagación del virus.
Características de las medidas en materia de alquiler
El nuevo paquete de medidas sociales y económicas recoge la suspensión de desahucios durante seis meses. Además, contempla la renovación automática por seis meses más de los contratos de alquiler que vayan a vencer en los próximos tres meses a la entrada en vigor de esta medida.
Por otro lado, para aquellos inquilinos que han quedado en situación de vulnerabilidad con motivo de la crisis y no puedan pagar su alquiler, cuando el casero rechace aplazar el pago, se podrán acoger a un microcrédito del Estado a un tipo de interés del 0%. El crédito podrán devolverlo en un plazo de 6 años ampliables a 10.
Asimismo, el paquete de medidas contempla la posibilidad de que, una vez finalizada la crisis, si la familia inquilina continúa manteniendo una situación de vulnerabilidad, el Estado pague la deuda del alquiler. Para ello, dará hasta 900 euros mensuales y 200 euros más para suministros básicos.
En este sentido, las ayudas al alquiler serán con carácter general hasta el 40% de la renta mensual y para mayores de 65 años hasta el 50% de la renta mensual.
Por último, el plan recoge también una ampliación de plazo hasta un máximo de 4 meses, para el pago de la vivienda de arrendatarios en situación de vulnerabilidad cuando el arrendador sea un tenedor (poseer más de 10 inmuebles). Posteriormente, el inquilino podrá devolver las cuotas no pagadas durante un periodo máximo de 3 años.
El Gobierno también ha decidido ampliar a tres meses el plazo de pago de hipoteca para aquellas personas que han perdido su empleo o han visto reducidos sus ingresos debido a la situación generada por la crisis sanitaria.
¿Quiénes califican como familias vulnerables ?
El Gobierno ha estimado que estas medidas beneficiarán a más de 500.000 familias en situación de vulnerabilidad en España. Se consideran vulnerables, aquellas personas a las que se les ha aplicado un ERTE en su contrato de trabajo, desempleados, personas que han visto reducida su jornada laboral y autónomos con pocos ingresos con motivo de la crisis del COVID-19.
Para ser amparado por alguna de estas medidas, el afectado deberá acreditar que se encuentra en alguna de las situaciones anteriores con motivo de la crisis sanitaria. Sin embargo, además habrá que demostrar que los ingresos percibidos por la familia, cuando esta no tenga miembros a cargo, no llegaron al triple del IPREM (537,84 euros mensuales).
El límite será de 4 veces el IPREM para familias numerosas general con personas con discapacidad o de cinco veces el IPREM para familiar numerosas especiales con personas con determinados grados de discapacidad. Además, deberá acreditar que la renta del alquiler, en suma con los gastos comunes, superan el 35% de los ingresos totales del hogar.
Texto: Sandra Salerno en colaboración con la abogada Alexa García para Grupo Aristeo
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